Sección de Fiscalización

Los departamentos se organizan por ámbitos y, a veces, diferentes departamentos intervienen en una misma fiscalización

La Sección de Fiscalización está integrada por su presidente/a y por los/las consejeros/as de Cuentas que tengan a su cargo los departamentos sectoriales y territoriales de fiscalización. Le corresponde, entre otras funciones, examinar los procedimientos fiscalizadores tramitados en los departamentos en que se estructura y proponer al Pleno para su aprobación los proyectos de informes, memorias, mociones y notas. 

Es el órgano del Tribunal de Cuentas al que corresponden las funciones de verificación de la contabilidad de las entidades del sector público, de examen y comprobación de las cuentas que se someten a la fiscalización, de examen de los procedimientos fiscalizadores tramitados en los distintos departamentos y de propuesta al Pleno de los resultados de los procedimientos fiscalizadores -informe, moción o nota- que se elevan a las Cortes Generales.

La Sección de Fiscalización se organiza en siete departamentos: cuatro departamentos sectoriales, que se acomodan a las grandes áreas de la actividad económico-financiera del sector público estatal, dos departamentos territoriales, uno de los cuales fiscaliza la actividad económico-financiera de las comunidades autónomas y ciudades autónomas y otro la de las entidades locales y un departamento de Partidos Políticos. A cada departamento le corresponde desarrollar las funciones de la Sección en el ámbito de sus atribuciones.

Integran la Sección el/la presidente/a de la Sección de Fiscalización y los consejeros/as de Cuentas titulares de los departamentos de fiscalización.

La Sección de Fiscalización se reúne la semana anterior a la de la celebración del Pleno ordinario. El día de la reunión es en principio el penúltimo jueves de cada mes. Cuando existan razones que lo aconsejen, la Presidencia de la Sección podrá convocar reuniones extraordinarias.

Las reuniones de la Sección de Fiscalización tienen por objeto principal preparar los asuntos de fiscalización que aprueba el Pleno del Tribunal; así, entre los más importantes están el programa anual de fiscalizaciones, las directrices técnicas a las que deben sujetarse cada uno de los procedimientos fiscalizadores, el informe, moción o nota que recoja los resultados alcanzados y las recomendaciones que se formulan, y la memoria anual del Tribunal de Cuentas.

Atención especial merece la deliberación sobre los proyectos de informes de fiscalización que se tramitan en cada departamento, de acuerdo con las atribuciones de cada uno de ellos. En la reunión de la Sección el titular del departamento que ha ejecutado los trabajos de fiscalización presenta el proyecto de informe y da cuenta del tratamiento dado a las alegaciones del fiscalizado, así como a las observaciones al proyecto que, en su caso, hayan presentado los restantes miembros del Pleno. Si el asunto se considera suficientemente debatido, se acuerda someterlo a la aprobación del Pleno.

Estructura de la Sección de Fiscalización

Presidencia de la Sección

  • Realiza actividades de dirección y de coordinación de los trabajos de fiscalización.
  • Impulsa la preparación del Programa anual de fiscalizaciones y elabora el documento final que se somete a la aprobación del Pleno.
  • Canaliza y da traslado a los miembros del Pleno de los dictámenes del ministerio fiscal y del servicio jurídico del Estado, de los documentos de observaciones y de la contestación a las mismas formulados durante la tramitación de los proyectos de informes de fiscalización.
  • Cuida de la revisión formal del informe aprobado por el Pleno antes de la remisión a las Cortes Generales, asambleas legislativas o plenos de las corporaciones locales y al Gobierno de España o gobierno de las comunidades autónomas, según corresponda.
  • Elabora y tramita el Proyecto de directrices técnicas de la Declaración sobre la Cuenta General del Estado y coordina la elaboración del documento en el que queda recogido el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.
  • Elabora también la parte del proyecto de memoria anual relativa al ejercicio de la función fiscalizadora.
  • La Presidencia también convoca las reuniones de la Sección, acompañando a la convocatoria el correspondiente orden del día. Podrá convocar reuniones extraordinarias por iniciativa propia o a solicitud de un tercio de los miembros de la Sección Cuando existan razones que lo aconsejen.
  • En la condición de presidente/a de la Sección de Fiscalización forma parte de la Comisión de Gobierno.

Departamento 1º de Fiscalización

Asume la fiscalización de:

  • Área de gasto 1 (servicios públicos básicos) y área de gasto 3 (producción de bienes públicos de carácter preferente), que en la actualidad incluyen las siguientes políticas:

11. Justicia
12. Defensa
13. Seguridad ciudadana e instituciones penitenciarias
14. Política exterior y cooperación para el desarrollo
31. Sanidad
32. Educación
33. Cultura

  • Entidades del sector público administrativo con presupuesto estimativo
  • Programas de ingresos de aquellos órganos, organismos o entidades cuyos gastos se imputen, principalmente, a las políticas anteriormente señaladas

Departamento 2º de Fiscalización

Asume la fiscalización de:

  • Área de gasto 4 (actuaciones de carácter económico) y área de gasto 9 (actuaciones de carácter general), que en la actualidad incluyen las siguientes políticas:

41. Agricultura, pesca y alimentación
42. Industria y energía
43. Comercio, turismo y PYMEs
44. Subvenciones al transporte
45. Infraestructuras
46. Investigación, desarrollo, innovación y digitalización
49. Otras actuaciones de carácter económico
91. Órganos constitucionales, Gobierno y otros
92. Servicios de carácter general
93. Administración financiera y tributaria
94. Transferencias a otras administraciones públicas
95. Deuda pública

  • Fondos sin personalidad jurídica
  • Programas de ingresos de aquellos órganos, organismos o entidades cuyos gastos se imputen, principalmente, a las políticas anteriormente señaladas
  • Coordinación de la Cuenta General del Estado - sector público administrativo estatal

Departamento 3º de Fiscalización

Protección y promoción social

Asume la fiscalización de:

  • Área de gasto 2 (Actuaciones de protección y promoción social), que en la actualidad incluye las siguientes políticas:

21. Pensiones
22. Otras prestaciones económicas
23. Servicios sociales y promoción social
24. Fomento del empleo
25. Desempleo
26. Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
28. Gestión y administración de trabajo y economía social
29. Gestión y administración de la inclusión, de la seguridad social y de la migración

  • Coordinación Cuenta General del Estado - Seguridad Social, cuyos resultados se integran en los de la Cuenta General del sector público administrativo estatal.
  • Programas de ingresos de la Seguridad Social.

Departamento 4º de Fiscalización

Sector público fundacional y empresarial y de otros entes estatales

Asume la fiscalización de:

  • Sector público empresarial y fundacional
  • Sector público Banco de España y entidades vinculadas
  • Autoridades administrativas independientes
  • Coordinación Cuenta General del Estado – sector público empresarial y fundacional, cuyos resultados se integran en los de la Cuenta General del sector público administrativo estatal.

Departamento 5º de Fiscalización

Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas

Asume la fiscalización de:

  • Comunidades autónomas
  • Ciudades autónomas
  • Entidades del sector público autonómico

Departamento 6º de Fiscalización

Entidades Locales

Asume la fiscalización de:

  • El sector público local, integrado, principalmente, por diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, ayuntamientos, comarcas, mancomunidades, áreas metropolitanas, y entidades de ámbito inferior al municipio. 
  • Gestiona la Plataforma y el Portal de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a través de los cuales las entidades del sector público local pueden cumplir de forma más eficiente con sus deberes de rendición de cuentas y de presentación de otra información obligatoria; y los ciudadanos pueden acceder, de manera directa, a la información de las cuentas y de la gestión desarrollada por dichas entidades. 

Departamento de Partidos Políticos

Es el único departamento que tiene dos consejeros/as titulares.

Asume la fiscalización de:

  • La legalidad de los recursos públicos y privados de los partidos políticos, así como a la regularidad contable de las actividades económico-financieras que realicen y a la adecuación de su actividad económica-financiera a los principios de gestión financiera que sean exigibles conforme a su naturaleza.
  • Verificar el cumplimiento de la normativa en materia de ingresos y gastos en los procesos electorales y la representatividad de la contabilidad electoral presentada con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

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